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Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios
PÁGINA 12 – ¿Un Fin De Semana Sin Delivery?

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Otro fallo judicial resolvió que Glovo, Pedidos Ya y Rappi no podrán operar en la Ciudad.

A partir del fallo, la Policía de la Ciudad podrá decomisar las mercaderías que transporten los empleados de las tres firmas, hasta tanto éstas “respeten íntegramente las normas de higiene y seguridad de los repartidores». Las empresas podrían ser multadas con cada infracción.

Las plataformas Rappi, Pedidos Ya y Glovo no podrán operar en la órbita porteña tras el fallo del juez Roberto Gallardo, a cargo del Juzgado de Feria Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la Ciudad de Buenos Aires, que ordenó este viernes la suspensión de sus actividades por incumplimiento de resoluciones judiciales.

A partir de ahora, la Policía de la Ciudad podrá decomisar las mercaderías que transporten los empleados de las tres firmas, hasta tanto “respeten íntegramente los requisitos legales y judiciales». El fallo surge del reclamo de la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (Asimm). «Estamos conformes con el fallo, si bien entendemos que, como vienen haciendo, las empresas no lo van a cumplir», dijo Maximiliano Arranz, de Asimm. La entidad inició el proceso judicial «para combatir la precariedad laboral de quienes hacemos logística en dos ruedas, por una cuestión de seguridad, y para evitar que se destruyan fuentes laborales genuinas», explicó el dirigente sindical.

El material decomisado «deberá ser remitido al área de análisis bromatológico del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o al laboratorio químico de la Policía, en caso de sustancias no alimentarias», establece el escrito del magistrado.

El origen de la sentencia pasa por un planteamiento para que las empresas cumplan regulaciones en la Ciudad en materia de higiene y seguridad. Hasta tanto no se garantice la seguridad de los repartidores, las tres empresas no podrán operar, sufrirán decomisos y multas de 10 mil pesos por cada infracción verificada.

Ante esta situación, las tres firmas quedaron ante una disyuntiva, ya que si acatan el fallo admiten una relación laboral con sus empleados, algo a lo que se han negado de forma sistemática, y por lo tanto deberán reconocer el vínculo con los trabajadores. Lo cual implicaría el blanqueo de empleados que trabajan de manera precaria.

Hubo un cambio respecto del fallo original de Gallardo, el que fue a la Cámara: los costos de la multa no eran para las empresas, sino para los trabajadores, que, recordó Tribuzio, “cobran un dinero mínimo, de subsistencia”. Las multas a los mensajeros eran de hasta casi 4 mil pesos.

En rigor, Gallardo apunta a que las tres empresas inscriban a los mensajeros en el Registro Único de Trabajadores en Motovehículos y Ciclorodados (Rutramyc), lo cual implica entregar listas completas de personal; constancia de haber provisto de elementos de seguridad vial,  casco, indumentaria para visualización nocturna, fijación de caja en rodado); la acreditación de que el personal de reparto posee libreta sanitaria vigente; y las constancias de regularidad laboral y de cobertura de seguros y ART. Todos elementos que la Cámara de Apelaciones había conminado a entregar en el plazo de 48 horas en su fallo del 10 de julio pasado.

Un punto controversial es el hecho de que Gallardo dispuso que sean «bloqueadas de inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionadas, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia». Esto afecta directamente a los trabajadores, según los abogados.

Ottaviano subrayó que “nos preocupa el efecto del fallo, la solución no pasa por prohibir la actividad”, y llamó a que el estado nacional regule la actividad, en el marco de una cuestión que excede al gobierno porteño, el cual, recordó, “no hizo una sola inspección”.

El debate más amplio permitiría abarcar no solo a plataformas como Pedidos Ya, Rappi y Glovo, sino también a empresas como Uber y Cabify. Tribuzio apuntó que entre todas las empresas suman unas 160 mil personas a nivel nacional que pasaron a trabajar de ese modo. Las firmas afectadas por el fallo totalizan casi 20 mil personas que bajaron la aplicación, lo cual no quiere decir que todas hayan prestado servicio.

Asimm se vio beneficiada por los fallos previos en el juzgado de Gallardo y en la Cámara. “Las empresas no cumplen las decisiones judiciales. Con el fallo de hoy de Gallardo quedarán nuevamente en evidencia», dijo Arranz, quien definió el pleito como “un proceso largo”.

De hecho, las empresas ya han demostrado que prefieren pagar multas antes que acatar los fallos en su contra. Hace dos semanas, Rappi optó por despedir a tres trabajadores y les pagó 58 mil pesos a cada uno, en concepto de multa, para no reincorporarlos. Hace una semana, un trabajador de Glovo que llevaba una pizza sufrió un accidente en la vía pública en Barracas y cayó de su moto. Al avisarle a su superior no le preguntaron por su estado, sino cómo estaba la pizza.

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